//tevideo, 15 SET, 2022 Resol. Nro. 1358/22 VISTO: las presentes actuaciones. RESULTANDO: I) que por Resol. S.G.G.D.T. Nro. 093/22 de fecha 19.07.22 se dio por finalizado el procedimiento de la Licitación Abreviada J103033, cuyo objeto es la adquisición de cajas de empalme de fibra óptica para el montaje en redes FTTH y redes de transporte y se autorizó un nuevo llamado (J1030331); II) que realizado el acto de apertura de ofertas se recibieron las propuestas de las empresas ISBEL S.A., ELECTROSON COMUNICACIÓN S.A., AMISUS S.A. y ABACOM LTDA., las cuales fueron remitidas a la Comisión Asesora de Adjudicaciones para su correspondiente evaluación y dictamen; III) que la oferta de la empresa 1SBEL S.A., tanto la oferta Básica A como la Oferta Básica B, no son adjudicables dado que presentan incumplimientos a los numerales del Pliego de Condiciones, 2.3.6, 2.4.3, 2.5.2, 2.2.18, 2.3.3, y 4.1.1 al faltar información solicitada en el numeral 2.2.18 del mencionado pliego; IV) que desde el punto de vista formal se observa que en la oferta económica se omitió incluir el I.V.A. en el Ítem de cotización obligatoria y adjudicación opcional "Capacitación", tanto para la Oferta Básica A como para la Oferta Básica B, siendo de aplicación lo dispuesto en el numeral 5.6 del Pliego de Condiciones; V) que la oferta de la empresa ELECTROSON COMUNICACIÓN S.A. no es adjudicable dado que presenta incumplimientos a los numerales del Pliego de Condiciones, 2.3.6, 2.4.3, 2.5.2, 2.2.18, 4.1.1 al faltar información solicitada en e¡ numeral 2.2.18, 9.2, e incumple con lo indicado en la nota 1 referidas al Anexo 1 "Planilla de Cotización" de la Aclaración Tercera del Pliego de Condiciones al no cotizar el servicio de traslado de los suministros; VI) que se realizaron observaciones en relación con el numeral 4.1.5 del Pliego de Condiciones al no indicar el medio de transporte para el envío de los suministros, con el numeral 2.6 al incluir el ítem "Capacitación" en la oferta básica, con la tabla de cumplimiento al omitir los numerales 2.1 y 2.6 para el ítem 1 y con la declaración presentada como Anexo II en lo que respecta al valor del timbre; VII) que la oferta de la empresa AM1SUS S.A. no es adjudicable por incumplir el numeral 9.2 del Pliego de Condiciones, plazo de entrega; VIII) que se realizaron observaciones relativas a la no cotización del servicio de traslado desde el recinto aduanero al depósito de Antel en la oferta básica como era requerido, a error de tipeo en la declaración jurada presentada como Anexo II al indicar "Capacitación" como parte del objeto, a diferencias por redondeo en los precios totales de los ítems y a la indusión del ítem 5.5 "Multipuertos FOCUS-ODCKlT-CCSR-16x3" en la planilla de cotización el cual no es necesario para cumplir los requerimientos especificados en las cajas de empalme (ítem 1, 2, 2 y 4); IX) que la oferta de la empresa ABACOM LTDA. es adjudicable; X) que se observa que en la Planilla de Cotización se incluye el ítem 5.4 multipuerto p/caja ítem 4 "kit de selSado p/4 cables pequeños", el cual no aplica dado que no se requiere el uso de cables pequeños en el ítem 4 (caja de empalme Tipo IV); XI) que se observa que la empresa si bien cotiza el curso de capacitación dentro de su oferta básica el mismo es sin costo y la declaración jurada presentada como Anexo II padece una carencia formal, la cual fue subsanada a solicitud de Antel; XII) que desde el punto de vista económico no se realizó el cuadro comparativo de precios al contar con una única oferta válida. CONSIDERANDO: I) que la contratación es necesaria dado que se requiere contar con el suministro de las cajas de empalme para continuar con el despliegue de las redes FTTH y de Transporte; de fecha27.12.07. II) que se verificó el cumplimiento al Art. 3 de la Ley Nro. 18.244 de fecha 27.12.07. ATENTO: a lo dispuesto por Resol. Nro. 1123/20 de fecha 12.11.20 y a lo informado por la Comisión Asesora de Adjudicaciones y Gerencia de División Contrataciones con fechas 05 y 06 de setiembre de 2022, respectivamente, EL DIRECTORIO DE ANTEL RESUELVE: -- 1ro.) Aprobar la presente adjudicación, sujeta a la intervención preventiva de legalidad del Tribunal de Cuentas, de acuerdo al siguiente detalle: A la empresa ABACOM LTDA., según su oferta de fecha 19.08.22, nota y declaración jurada presentada en fecha 01.09.22. DESCRIPCIÓN,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,TOTAL Cajas de empalme de fibra óptica para el montaje en redes FTTH y redes de Transporte,,,,u$s 868.780,00 Monto Adicional (5%),,,,,,,,,,,,,,,,u$s 43.439,00 MONTO TOTAL MÁXIMO A ADJUDICAR,,,,,,,,,,U$S 912.219,00 NOTAS: 1) Los precios unitarios lucen a continuación y están expresados a valores CIF: ítem 1: Caja empalme 4 E/S Tipo II: U$S 109,00 ítem 2: Caja empalme Domo Chico Tipo 1; U$S 299,00 ítem 3; Caja empalme Domo Grande Tipo III: U$S 351,00 ítem 4: Caja empalme 16 E/S Tipo IV: U$S 738,00 ítem 4B: Bandejas de 72 FO p/FOSC-600-DSB: U$S 12,50 ítem 5.1: Multipuerto para caja ítem 1 (2 cables): U$S 8,50 ítem 5.2: Multipuerto para caja ítem 1 (4 cables): U$S 8,50 ítem 5.3: Multipuerto para caja Ítem 2 y 3: U$S 8,50 2) Los gastos estimados de importación para la introducción de los suministros al país ascienden a US$ 118.588,47. 3) El pago de los suministros se realizará mediante transferencia bancaria. 4) El traslado de los suministros desde el recinto aduanero hasta el depósito de Antel y el curso de capacitación serán sin costo para la Administración. •- 2do.) Regirá lo establecido en el Pliego de Condiciones J103033 y aclaraciones. Pase a la Gerencia de División Contrataciones. EE2022-65-001 -001494.- J103033001.- J103033002.- GABRIEL GÚRMENDEZ ARMAND-UGON PRESIDENTE Elena Grauert Hamann ,,Abogada Secretaría General