PRESIDENCIA
REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
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PROCEDIMIENTO
ESPECIAL DE CONTRATACIÓN UCAMAE
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION A SEGUIR POR LA UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE MEDICAMENTOS Y AFINES DEL ESTADO PARA ADQUIRIR INSUMOS HOSPITALARIOS, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL DECRETO 428/002 DE 5 DE NOVIEMBRE DE 2002. Artículo 1. Créase un procedimiento especial de contratación basado en los principios de publicidad, igualdad de los oferentes y libre competencia que permitirá a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Medicamentos y Afines del Estado contratar con mayor celeridad, obtener menores costos y conferir al proveedor certeza en el cumplimiento de las obligaciones de pago de acuerdo con los siguientes términos. Artículo 2. El Ministerio de Salud Pública, la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, la Dirección Nacional de Sanidad Policial, así como los órganos y organismos comprendidos en los artículos 220 y 221 de la Constitución de la República presentarán a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Medicamentos y Afines del Estado las necesidades de Medicamentos, Material Médico, Oxigeno y otros Gases Medicinales de sus dependencias, a efectos que se realice la evaluación previa de los costos totales de la adquisición, del período para el cual se necesitan y de los plazos para adquirirlos. Artículo 3. La Unidad Centralizada de Adquisiciones de Medicamentos y Afines del Estado, dispondrá realizar un llamado público a todos los proveedores a presentar ofertas para la adquisición de los insumos hospitalarios, que de acuerdo con las solicitudes señaladas en el artículo anterior entienda conveniente adquirir. Dicha Resolución aprobará asimismo los Pliegos de Condiciones Particulares. Artículo 4. Las publicaciones llamando a presentar ofertas se realizarán en el Diario Oficial, en dos diarios de circulación nacional, en las Revistas Especializadas y en las páginas Web del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Salud Pública, con una antelación no menor a cinco días hábiles. Se comunicará asimismo a las Cámaras correspondientes. Artículo.5. Las Comisiones Asesoras de Adjudicaciones se designarán para cada llamado de adquisiciones y estarán integradas por representantes de la Dirección Nacional de Sanidad Policial, Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, Hospital de Clínicas e Instituto Nacional del Menor, y por representantes de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Medicamentos. Cuando corresponda, también la integrarán representantes de los organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución de la República. Artículo 6. Se exigirá a los oferentes la presentación de garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al uno por ciento del monto total de la oferta, tal como lo dispone el TOCAF. Artículo 7. Realizada la evaluación de las ofertas por la Comisión Asesora de Adjudicaciones, se notificará el informe de ésta a todos los oferentes, los que tendrán dos días hábiles para presentar las observaciones que entiendan pertinentes. Artículo 8. Con carácter excepcional la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Medicamentos y Afines del Estado realizará adquisiciones por el procedimiento de compras directas en los órganos y organismos comprendidos en el artículo primero de la presente teniendo en cuenta los principios de igualdad y libre competencia de los oferentes y publicidad, cuando razones de urgencia y de riesgo para la salud así lo justifiquen. Artículo 9. En virtud de que el Tribunal de Cuentas de la República ha autorizado la intervención de los gastos por parte de los Contadores Delegados cualquiera sea el monto de los gastos resultantes de la adquisición, se establece el siguiente procedimiento de pago: El pago de las adquisiciones se realizará al contado, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 428/002, de 5 de noviembre de 2002, mediante el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF). Los pagos se concentrarán en dos días en cada mes: el 15 y el último día hábil. Para cumplir con estos plazos se establece el siguiente procedimiento: Los proveedores entregarán las mercaderías solicitadas, acompañadas de las facturas correspondientes, en cada Unidad Ejecutora desde el 26 de cada mes al 10 del mes siguiente. Desde el 11 al 15 de cada mes, las Unidades Ejecutoras, con las facturas debidamente conformadas, registrarán en el SIIF los gastos correspondientes a estas compras y enviarán los documentos con sus respaldos a la Contaduría Central del Inciso. Desde el 16 al 25, las Contadurías Centrales intervendrán las obligaciones respectivas. El Gerente Financiero del Inciso correspondiente comunicará a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Medicamentos y Afines del Estado (UCAM), antes del 27 de cada mes, el monto total a pagar. El día 29 de cada mes, la UCAM comunicará a la Tesorería General de la Nación el importe a utilizar del Fondo de Adquisiciones para el Sector Salud para proceder al pago a los proveedores. El último día hábil de cada mes, la Tesorería General de la Nación efectuará los pagos que correspondan. En lo sucesivo, los pagos se concentrarán los días 15 y el último día hábil de cada mes, de acuerdo con los siguientes plazos:
Cuando las fechas indicadas coincidan con días inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato siguiente. |