Procedimiento de compra a través de Convenio Marco


Toda Administración Pública Estatal interesada en la adquisición de un producto incluido en un convenio marco vigente, podrá adquirirlo, al proveedor y en las condiciones allí establecidas, sin necesidad de gestionar un nuevo procedimiento.



Contenido

Publicaciones en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales

Manuales de sistemas

Ficha general

Etapas del procedimiento

Flujos

Llamados publicados

Adjudicaciones publicadas

Manuales SICE

Manuales RUPE




Ficha general


Montos límites

No tiene

Ordenadores

De acuerdo al monto autorizado:

Ordenadores primarios (Hasta el límite de la asignación presupuestal respectiva): 

    • Poder Ejecutivo
      • Presidente actuando por sí,
      • Presidente actuando en acuerdo con uno o más Ministros,
      • Presidente actuando en Consejo de Ministros. 
    • Poder Legislativo 
      • Presidente de la Asamblea General,
      • Presidentes de cada Cámara en su caso. 
    • Poder Judicial: la Suprema Corte de Justicia.
    • Corte Electoral,
    • Tribunal de Cuentas, 
    • Tribunal de lo Contencioso Administrativo. 
    • Gobiernos Departamentales:
      • Intendente Municipal 
      • Presidente de la Junta Departamental. 
    • Administración autónoma y descentralizada: Directorios, Consejos Directivos o Directores. 

Ordenadores secundarios

    • Hasta 4 veces el monto de la licitación abreviada:
      • Ministros 
      • Secretario de la Presidencia de la República, 
      • Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, 
      • Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil.
    • Hasta 2 veces el monto de la licitación abreviada:
      • Directores, Gerentes y otros Jerarcas de dependencias directas de los ordenadores primarios, o de los ordenadores secundarios

Pliegos de condiciones

Preceptivos

Presentación de ofertas en línea

Preceptivas

Apertura electrónica

Preceptiva

Convocatoria

Publicación obligatoria en el sitio web de Compras Estatales.

Inscripción en RUPE

Obligatoria.

Garantías

No corresponde.

Vista de expediente

Preceptiva.

Comisión Asesora de Adjudicación

Preceptiva. 

Publicación adjudicación

En sitio web de Compras Estatales.




Etapas del procedimiento


1. Ingreso a la tienda virtual y búsqueda de productos

2. Generación de la orden de compra

3. Aprobación de la orden de compra

4. Envío de la orden de compra y formalización de las contrataciones

5. Cancelación de obligaciones

6. Mejora de productos

7. Mejora de precios

8. Cumplimiento del convenio




1. Ingreso a la tienda virtual y búsqueda de productos

Dentro del sitio web de Compras Estatales funciona la tienda virtual, donde se encuentran el conjunto de productos disponibles correspondientes a los convenios marco vigentes, sus condiciones de contratación y los proveedores asociados. 

Dentro de la tienda, se deben ir incorporando al carrito de compra todos los productos a adquirir. 




2. Generación de la orden de compra

Una vez completo el carrito con todos los artículos deseados, se procede a generar la orden de compra. En esta etapa el sistema solicitará usuario y contraseña.

Tener en cuenta que los Pliegos Particulares podrán establecer montos y/o cantidades mínimas a adquirir por parte de la Administración con cada orden de compra.




3. Aprobación de la orden de compra

El Tribunal de Cuentas tendrá a su cargo la intervención preventiva de los gastos al amparo de lo dispuesto por el artículo 211 Lit. B) de la Constitución de la República. Dicha intervención se hará por sí o a través de sus Contadores Delegados ante el Organismo contratante de acuerdo al límite y en la oportunidad establecida en la normativa vigente.

No se considerará fraccionamiento del gasto cuando una contratación se efectúe a través de convenios marco.




4. Envío de la orden de compra y formalización de las contrataciones

Las contrataciones que se realicen por el procedimiento de Convenios Marco se formalizarán con la notificación de la orden de compra, previamente autorizada por el ordenador del gasto competente, generada desde la Tienda Virtual. Conforme lo preceptuado por la normativa vigente, en cada orden de compra se deberá dejar constancia de la motivación del acto, expresando las resultancias de hecho y fundamentos de derecho que ameritan el proceder del ordenador del gasto.

La orden de compra quedará disponible por interoperabilidad para su tratamiento por los sistemas de gestión de compras de los organismos compradores. En caso de anulación de la orden de compra, ésta deberá ser comunicada por el organismo a la Agencia Reguladora de Compras Estatales por los mismos medios.




5. Cancelación de obligaciones

Los organismos compradores deberán cancelar las obligaciones emergentes de una compra a través de un convenio marco en un plazo máximo de 60 días corridos a partir de la fecha de la factura correspondiente. El pago en tiempo y forma de las contrataciones derivadas de un convenio será responsabilidad del organismo comprador.




6. Mejora de Productos

Tratándose de bienes, el proveedor podrá solicitar a la Unidad Administradora, el reemplazo del producto por uno con iguales o superiores características, siempre que no supere el precio del producto original, debiendo ingresar la propuesta a través de la plataforma habilitada a tal efecto. La Unidad Administradora se expedirá en un plazo máximo de 10 días hábiles, siendo que en caso de entender pertinente la solicitud, la aprobará previo informe técnico favorable que acredite la pertinencia del reemplazo y las razones que lo originan, así como que no existan circunstancias que atenten contra la libre competencia.

Toda mejora de productos que se disponga al amparo de la presente disposición, deberá ser comunicada al Tribunal de Cuentas, con anterioridad a la inclusión del nuevo producto en la Tienda Virtual.



7. Mejora de Precios

Los proveedores podrá solicitar a la Unidad Administradora, mejoras de precios permanentes o transitorias, durante la vigencia del Convenio Marco respecto de su oferta original o de las mejoras sucesivas, siempre que el pliego particular lo permita.



8. Cumplimiento del convenio

Todos los proveedores adjudicados deberán cumplir con las órdenes de compra que efectúen los organismos compradores, siempre y cuando estén sujetas a las condiciones del Convenio Marco.

Un proveedor adjudicatario podrá rechazar órdenes de compra en los casos que existan deudas pendientes de naturaleza contractual por parte del Organismo comprador, siempre que comunique a éste por medio fehaciente su negativa a contratar y las causas que motivan tal proceder.

La Unidad Administradora podrá eliminar a un proveedor adjudicatario de un Convenio Marco, sin perjuicio del uso de la potestad establecida en el Artículo 20 del Decreto Nº 155/013, en caso de verificarse alguna de las causales que se señalan a continuación, una vez conferida vista previa de las actuaciones al proveedor respectivo.

  1. Incumplimiento de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, respecto de cualquier organismo comprador.
  2. Si los representantes o el personal dependiente del proveedor adjudicatario no hubieran observado los más altos niveles éticos, o cometido actos de fraude, soborno, extorsión, coerción y/o colusión constatados y establecidos mediante acto administrativo firme.
  3. Si se comprobara que el precio o características del producto incluido en el Convenio Marco difieren notoriamente de los que habitualmente ofrece a sus clientes en el mercado, en perjuicio de lo establecido en el Convenio Marco.

En caso de terminación anticipada, los adjudicatarios deberán satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de haber sido notificados de la terminación.




Flujo

Este flujo muestra el procedimiento completo del convenio, incluyendo las etapas 











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